NOTAS DE PRENSA - DGA
MIMP cuenta con Oficinas de Adopción en 11 Regiones del país

Las personas interesadas en adoptar un niño, niña o adolescente en estado de abandono, pueden hacerlo en 11 Unidades de Adopción que dependen de la Dirección General de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) y que se ubican en las Regiones de Arequipa, Ayacucho, Huánuco, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Piura y Puno.

Dichas Unidades empezaron a funcionar paulatinamente, desde que se creó la Secretaría Nacional de Adopciones (hoy Dirección General de Adopciones) en 1998, y que a la fecha ha logrado entregar en adopción a más de 4,500 niños, niñas y adolescentes declarados judicialmente en estado de abandono.

Según la Resolución Ministerial Nº128-2016-MIMP, publicada el pasado 04 en el diario El Peruano, la Unidad de Arequipa tiene como ámbito territorial las regiones de Arequipa, Moquegua y Tacna; la de Ayacucho, las Regiones de Ayacucho y Huancavelica; Cusco, las regiones de Cusco, Apurímac y Madre de Dios. Mientras que la Unidad de Huánuco tiene competencia en Huánuco, Pasco y Ucayali; la de Junín, en Junín; la Unidad de La libertad tiene jurisdicción en La Libertad y Ancash. Por su parte, el ámbito territorial de la Unidad de Lambayeque es Lambayeque y Cajamarca; el de Lima es Lima, Amazonas, Callao e Ica. En tanto que Loreto tiene jurisdicción sobre Loreto y San Martín; Piura en Piura y Tumbes; y Puno solo en Puno.

La mencionada norma establece que  las Unidades de Adopción tienen la función de evaluar las condiciones de adoptabilidad jurídica y psicosocial de las niñas, niños y adolescentes declarados judicialmente en abandono; realizar la evaluación psicológica, social y legal a los solicitantes de adopción; promover la adopción de niños, niñas y adolescentes con prioridad (mayores de 9 años, grupos de hermanos, con necesidades especiales, con problemas de salud y adolescentes); emitir informes técnicos de empatía y colocación familiar con fines de adopción.

Otras de sus competencias son verificar la empatía y colocación familiar con fines de adopción; coordinar con las instituciones públicas y privadas la preparación de las niñas, niños y adolescentes que han sido designados en adopción; realizar los procesos de estudio, seguimiento y evaluación de la etapa de post adopción; ejecutar el Plan de Preparación y Fortalecimiento de Capacitación para solicitantes de adopción, familias del Registro Nacional de Adoptantes y familias en etapa de Post Adopción y promover una cultura de la adopción que permita al niño, niña y adolescente la restitución de su derecho a vivir en el seno de una familia.
Las Unidades de Adopción cuentan con un equipo mínimo de trabajo conformado por  un/a psicólogo/a, trabajador/a social y abogado/a.

¿Quienes pueden adoptar?

  • Personas solteras, casadas o parejas en unión de hecho
  • De 25 a 52 años de edad
  • Residentes en el Perú o en el extranjero
  • Gozar de buena salud mental y física, acreditar solvencia moral y económica.

Miraflores, 09 de junio del 2016

 

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