NOTAS DE PRENSA - DGPDV
Se emitiĆ³ necesaria adecuaciĆ³n de Reglamento de la Licencia por Maternidad

Con esta medida el sector Trabajo y Promoción del Empleo, mejora la normativa existente, corrigiendo temas puntuales referidos a la reglamentación de la recientemente ampliada Licencia por maternidad.

Como se sabe, en noviembre del 2015 se aprobó la Ley N° 30367 “Ley que protege a la madre trabajadora contra el despido arbitrario y prolonga su período de descanso”, norma que amplió el goce de derecho de descanso prenatal y postnatal a 98 días, en concordancia con lo previsto en el Convenio N° 183, de la Organización Internacional del Trabajo relativo a la protección de la maternidad.

Esta Ley aprobada por el Congreso de la República dispuso la ampliación del descanso pre y post natal a 14 semanas, ampliándose este período de 90 a 98 días. Además de ello, dispuso la prohibición del despido arbitrario en el sector privado de las mujeres trabajadoras embarazadas o en período de lactancia.

Con esta Ley, el Perú ingresó al grupo de países que reconocen un estándar mínimo para la protección de las mujeres madres. La licencia por maternidad es un período que se le otorga a la madre trabajadora con el objetivo de garantizar el tiempo de descanso necesario para que reponga su salud y acoja a su bebe recién nacido. La totalidad de este tiempo de descanso, debe ser compensado mediante un subsidio por maternidad.

La adecuación de la norma que se emite hoy día, entre otras medidas, permite disponer el pago del subsidio por maternidad correspondiente a los 8 días adicionales en que se extendió dicha licencia por maternidad, además de hacer precisiones respecto al descanso por maternidad.

Así, la norma dispone la modificación del Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, otorgándose el subsidio por maternidad por los 98 días que dura la licencia por maternidad, precisando además que en el caso de nacimiento múltiple o de niños con discapacidad este subsidio se extenderá 30 días adicionales.

 

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