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¿QUIÉNES SON LAS PERSONAS Y FAMILIAS ACOGEDORAS DEL MIMP?

 

¿Quiénes son las Personas y Familias Acogedoras del MIMP?

 

Las personas y familias acogedoras del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) brindan protección temporal y cuidados diarios a una niña, niño o adolescente en situación de desprotección familiar, es decir, que por el momento no puede vivir con su madre, padre o algún miembro de su familia. Este acogimiento dura hasta que se defina la situación jurídica de la niña, niño o adolescente.

Para que una persona o familia pueda brindar este cuidado alternativo y temporal a una niña, niño o adolescente, debe haber sido evaluada favorablemente por un equipo interdisciplinario de la Dirección de Protección Especial, incorporada al Banco de Familias Acogedoras del MIMP y haber recibido capacitación del MIMP.

Toda persona o familia que tenga la voluntad y capacidad de brindar afecto y cuidado temporal en su hogar a una niña, niño o adolescente, puede solicitar ser una Familia Acogedora del MIMP.

¿Quiénes son las Personas y Familias Acogedoras Profesionalizadas del MIMP?

 

Las personas y familias acogedoras profesionalizadas son aquellas que brindan protección temporal y cuidados diarios a una niña, niño o adolescente con necesidades o características especiales que se encuentren en situación de desprotección familiar.

Las niñas, niños y adolescentes con necesidades o características especiales son: niñas, niños y adolescentes con alguna discapacidad (deficiencia física, sensorial, mental o intelectual de carácter permanente), o con problemas de salud que conlleven dificultades en su autonomía personal o con problemas de adaptación social y/o emocional que requieran tratamiento psicológico o psiquiátrico.

Para cubrir los gastos básicos de cada niña, niño o adolescente en acogimiento familiar profesionalizado, así como los gastos adicionales que se generen en virtud a su edad, necesidades especiales y necesidades de desarrollo, se brindará una subvención económica a la persona o familia acogedora profesionalizada que asuma su protección temporal.

Conoce los requisitos y exclusiones para ser una Familia Acogedora del MIMP.

 

 

¿QUIÉNES SON LAS PERSONAS Y FAMILIAS ACOGEDORAS DEL MIMP?


 

¿Quiénes son las Personas y Familias Acogedoras del MIMP?

 

Las personas y familias acogedoras del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) brindan protección temporal y cuidados diarios a una niña, niño o adolescente en situación de desprotección familiar, es decir, que por el momento no puede vivir con su madre, padre o algún miembro de su familia. Este acogimiento dura hasta que se defina la situación jurídica de la niña, niño o adolescente.

Para que una persona o familia pueda brindar este cuidado alternativo y temporal a una niña, niño o adolescente, debe haber sido evaluada favorablemente por un equipo interdisciplinario de la Dirección de Protección Especial, incorporada al Banco de Familias Acogedoras del MIMP y haber recibido capacitación del MIMP.

Toda persona o familia que tenga la voluntad y capacidad de brindar afecto y cuidado temporal en su hogar a una niña, niño o adolescente, puede solicitar ser una Familia Acogedora del MIMP.

¿Quiénes son las Personas y Familias Acogedoras Profesionalizadas del MIMP?

 

Las personas y familias acogedoras profesionalizadas son aquellas que brindan protección temporal y cuidados diarios a una niña, niño o adolescente con necesidades o características especiales que se encuentren en situación de desprotección familiar.

Las niñas, niños y adolescentes con necesidades o características especiales son: niñas, niños y adolescentes con alguna discapacidad (deficiencia física, sensorial, mental o intelectual de carácter permanente), o con problemas de salud que conlleven dificultades en su autonomía personal o con problemas de adaptación social y/o emocional que requieran tratamiento psicológico o psiquiátrico.

Para cubrir los gastos básicos de cada niña, niño o adolescente en acogimiento familiar profesionalizado, así como los gastos adicionales que se generen en virtud a su edad, necesidades especiales y necesidades de desarrollo, se brindará una subvención económica a la persona o familia acogedora profesionalizada que asuma su protección temporal.

Conoce los requisitos y exclusiones para ser una Familia Acogedora del MIMP.