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Funciones generales y exclusivas

En el marco de las políticas nacionales y sectoriales y de sus competencias exclusivas, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ejerce las siguientes funciones:

  1. - Diseñar, concertar y conducir la implementación y desarrollo de los procesos y mecanismos que sean necesarios para la aplicación, seguimiento, supervisión y evaluación de las políticas nacionales y sectoriales, con enfoque de género, en el ámbito de su competencia.
  2. - Formular, planificar, dirigir y ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos nacionales y sectoriales a su cargo, así como supervisar y evaluar su cumplimiento.
  3. - Cumplir y hacer cumplir el marco normativo relacionado al ámbito de su competencia, ejerciendo la potestad sancionadora cuando corresponda.
  4. - Proponer la normativa general en el ámbito de su competencia y ejercer la potestad reglamentaria que le corresponde.
  5. - Aprobar normas y estándares nacionales de responsabilidad social en las materias de su competencia.
  6. - Planificar, regular y supervisar la provisión y prestación eficiente de servicios referidos a los ámbitos de su competencia.
  7. - Desarrollar la investigación tutelar en los casos de niños, niñas y adolescentes en situación de abandono.
  8. - Normar, conducir y supervisar los procesos de adopción de niñas, niños y adolescentes declarados judicialmente en abandono.
  9. - Establecer, conducir y supervisar los registros a su cargo, así como generar información en las materias de su competencia.
  10. - Otorgar y reconocer derechos a través de autorizaciones y otros documentos de acuerdo con las normas de la materia.
  11. - Coordinar la defensa judicial de las entidades de su sector.
  12. - Administrar los sistemas de información que requiera en el ámbito de su competencia.
  13. - Generar información y coordinar con los demás sectores, los gobiernos regionales y los gobiernos locales el acopio de información que requiera, especialmente en los temas vinculados a la mujer y poblaciones vulnerables.
  14. - Otras funciones que le correspondan de acuerdo a ley.

Funciones compartidas

En el marco de las políticas nacionales y sectoriales establecidas y de sus competencias compartidas, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables promueve y articula el ejercicio de las funciones afines y concurrentes de los tres niveles de gobierno para el logro de los resultados e impactos previstos. Para tal efecto, cumple las siguientes funciones compartidas con los gobiernos regionales y locales: