ANTECEDENTES

En el 2000, un estudio de la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM), cinco años después de entrar en vigor la Convención Belém do Pará, demostró que no era posible dimensionar el impacto de la violencia contra las mujeres en la región, debido, sobre todo, a las disparidades en la forma en que era atendida por cada Estado, lo que impedía evaluar su magnitud y los resultados concretos que las legislaciones y políticas públicas habían generado en cada país.


Se vio la necesidad de establecer una forma adecuada para dar seguimiento a la Convención, y la Asamblea de la OEA afirmó la prioridad de adoptar un mecanismo para esta finalidad. Delegó a la CIM preparar una propuesta, que fue consultada con Delegadas Titulares, expertas de organismos internacionales y sociedad civil.


Así, durante la Primera Conferencia de Estados Parte, reunida el 26 octubre de 2004, se adoptó el “Estatuto de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará” con el objetivo de dar seguimiento a los compromisos asumidos por los Estados y analizar la forma que éstos vienen siendo implementados. También, para que contribuyera al logro de los propósitos de la Convención y estableciera un sistema de cooperación técnica entre los Estados Parte, para el intercambio de información, experiencias y mejores prácticas.


Así, el 2004 se crea el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI). El MESECVI es una metodología de evaluación multilateral sistemática y permanente, fundamentada en un foro de intercambio y cooperación técnica entre los Estados Parte de la Convención y un Comité de Expertas. El MESECVI analiza los avances en la implementación de la Convención por sus Estados Parte, así como los desafíos persistentes en las respuestas Estatales ante la violencia contra las mujeres.


OBJETIVOS:

  • Dar seguimiento a los compromisos asumidos por los Estados y analizar la forma que éstos vienen siendo implementados.

  • Contribuir al logro de los propósitos de la Convención

  • Establecer un sistema de cooperación técnica entre los Estados Parte para el intercambio de información, experiencias y mejores prácticas.

ÓRGANOS QUE INTEGRAN EL MESECVI:


MESECVI

Mecanismo de seguimiento  de la implementación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la Mujer

CONFERENCIA DE ESTADOS PARTE

  • Órgano político
  • Integrado por representantes de Estados parte
  • Reuniones ordinarias cada 2 años y reuniones extraordinarias cuando lo considere
  • La Presidencia la asume el país anfitrión. Hasta la siguiente conferencia (2 años)

COMITÉ DE EXPERTAS

  • Órgano técnico
  • Integrado por expertas
  • Ejercen sus funciones a título personal
  • Son designadas por los Estados parte, entre sus nacionales
  • El Comité se reúne en función de su plan  y metodología de trabajo

La Secretaría de la Conferencia y del Comité es la Secretaría General de la OEA a través de la Secretaría Permanente de la CIM (Comisión Interamericana de la Mujer).


Adicionalmente, las Organizaciones de la Sociedad Civil intercambian información y experiencias con los Estados Parte y las Expertas para fortalecer la implementación de la Convención.


SU FUNCIONAMIENTO:


El MESECVI funciona por rondas de evaluación y de seguimiento que incluyen:


  • Evaluación de informes, aportados por los Estados Parte de la Convención, sobre las medidas adoptadas para hacer frente a la violencia contra las mujeres; y

  • Seguimiento de la ejecución de las recomendaciones formuladas por las Expertas.


El MESECVI también auspicia otras reuniones de carácter político y/o técnico para analizar asuntos de importancia relacionados con la implementación de la Convención, como por ejemplo el feminicidio, el acceso a la justicia, la seguridad ciudadana de las mujeres, etc.


Ronda de evaluación multilateral

En la primera etapa, los Estados Parte se comprometen a aportar información sobre las medidas implementadas en las seis áreas de acción de la Convención:

  • Legislación
  • Planes nacionales
  • Acceso a la justicia
  • Servicios especializados
  • Presupuestos
  • Información y estadísticas

Esta etapa culmina con la publicación del Informe Hemisférico, que:


  • Reúne información sobre el estado de cumplimiento de la Convención en todos los Estados Parte.
  • Resume las conclusiones y recomendaciones del Comité de Expertas para fortalecer la implementación de la Convención.

Ronda de seguimiento de las recomendaciones


En la segunda etapa se analiza el progreso alcanzado y las medidas específicas adoptadas en cumplimiento de las recomendaciones del Comité de Expertas. Los Estados también pueden aportar información sobre las necesidades de asistencia técnica que identifican.


Esta etapa culmina con la publicación de un Informe de Seguimiento a las Recomendaciones (2010 y 2013). Con los resultados de estas rondas, el MESECVI propicia el intercambio continuo de buenas prácticas y lecciones aprendidas sobre la implementación de la Convención.


Indicadores:


Durante la fase de seguimiento de cada Ronda de Evaluación Multilateral del MESECVI:


  • El Comité de Expertas identifica y circula una serie de indicadores para dar seguimiento a las recomendaciones elaboradas durante la fase de evaluación

  • Los Estados Parte informan sobre el cumplimiento de estas recomendaciones con base en estos indicadores

  • El Comité de Expertas elabora informes nacionales para cada uno de los Estados que han informado, y consolida estos resultados en un Informe de Seguimiento.

El Sistema de Indicadores consiste en una serie de indicadores estructurales, de proceso y de resultado:


  • Los indicadores estructurales reflejan la ratificación o aprobación de instrumentos jurídicos internacionales básicos para facilitar la realización de un derecho humano fundamental. En el plano nacional, identifican si existen o se han adoptado medidas, normas jurídicas, estrategias, políticas, planes, o programas o se han creado agencias públicas, destinadas a implementar los derechos de las mujeres.

  • Los indicadores de proceso buscan medir la calidad y magnitud de los esfuerzos del Estado para implementar los derechos protegidos a través de la medición del alcance, la cobertura y el contenido de las estrategias, políticas, planes, programas u otras actividades e intervenciones específicas.

  • Los indicadores de resultado reflejan los logros individuales y colectivos que indican el estado de realización de un derecho humano en un determinado contexto y buscan medir el impacto real de las estrategias, programas, intervenciones del Estado.