¿Qué es la Convención Belém do Pará?

La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como Convención de Belém do Pará (sitio de su adopción en 1994), define la violencia contra las mujeres, establece el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia y destaca a la violencia como una violación de los derechos humanos y de las libertades fundamentales.

Propone por primera vez el desarrollo de mecanismos de protección y defensa de los derechos de las mujeres como fundamentales para luchar contra el fenómeno de la violencia contra su integridad física, sexual y psicológica, tanto en el ámbito público como en el privado, y su reivindicación dentro de la sociedad.

Con fines de apoyar la divulgación y aplicación de la Convención desde un enfoque de diversidad, se ha traducido el texto de la Convención a varios de los otros idiomas que se utilizan comúnmente en la región de las Américas, incluyendo: Aymara, Guaraní, Holandés, Kreyól (haitiano) y Quechua. Además, con miras a fortalecer la colaboración entre la CIM y los Observadores Permanentes ante la OEA, se ha traducido la Convención a: Griego e Italiano.

El Instituto Nacional de Mujeres de México (INMUJERES) ha apoyado la traducción de la Convención a 13 idiomas indígenas.

 

¿Cómo define la violencia contra las mujeres la Convención Belém do Pará?

“Cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado.” Una “violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales” que limita el “reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades” de la mujer. También la reconoce como “una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres.” “La violencia contra la mujer trasciende todos los sectores de la sociedad independiente de su clase, raza o grupo étnico, nivel de ingresos, cultura, nivel educacional, edad o religión.”

 

¿Qué es el MESECVI y cuál es su importancia?

La implementación efectiva de la Convención requiere un proceso de evaluación y apoyo continuo e independiente, para lo cual se creó en 2004 el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI).

El MESECVI es una metodología de evaluación multilateral sistemática y permanente, fundamentada en un foro de intercambio y cooperación técnica entre los Estados Parte de la Convención y un Comité de Expertas/os.

El MESECVI analiza los avances en la implementación de la Convención por sus Estados Parte, así como los desafíos persistentes en las respuestas Estatales ante la violencia contra las mujeres.

 

¿Cómo funciona el MESECVI?

El MESECVI funciona por rondas de evaluación y de seguimiento:

Durante la Ronda de Evaluación Multilateral:

  • El Comité de Expertas elabora y circula un cuestionario sobre las medidas adoptadas por los Estados Parte para hacer frente a la violencia contra las mujeres.
  • Los Estados Parte llenan estos cuestionarios, que sirven como la base del informe nacional.
  • El Comité de Expertas evalúa las respuestas de los Estados y emite una serie de recomendaciones para fortalecer la implementación de la Convención, para finalizar los informes nacionales.
  • Los resultados y las recomendaciones de todos informes nacionales son consolidados en un Informe Hemisférico.

Durante la Ronda de Seguimiento:

  • El Comité de Expertas identifica y circula una serie de indicadores para dar seguimiento a las recomendaciones elaboradas durante la fase de evaluación.
  • Los Estados Parte informan sobre el cumplimiento de estas recomendaciones con base en estos indicadores.
  • El Comité de Expertas elabora informes nacionales para cada uno de los Estados que han informado, y consolida estos resultados en un Informe de Seguimiento.

 

¿Cuáles son las responsabilidades de los Estados Parte?

La Convención de Belém do Pará ha sido ratificada por 32 Estados Parte del continente americano. Estos Estados Parte conforman también el MESECVI. Las responsabilidades de los Estados Parte en el proceso del MESECVI incluyen:

  • Formular el Estatuto y el Reglamento del MESECVI y velar por su cumplimiento
  • Adoptar los planes y programas de trabajo del MESECVI y evaluar su ejecución
  • Responder al cuestionario circulado por el Comité de Expertas
  • Implementar las recomendaciones elaboradas por el Comité de Expertas
  • Informar sobre los indicadores de seguimiento

 

¿Cuáles son las responsabilidades del CEVI?

El Comité de Expertas es el órgano técnico del MESECVI, responsable del análisis y evaluación del proceso de implementación de la Convención. Está integrado por Expertas independientes, designadas por cada uno de los Estados Parte entre sus nacionales, y ejercen sus funciones a título personal.

Las responsabilidades del Comité de Expertas incluyen:

  • Elaborar y circular el cuestionario sobre la implementación de la Convención de Belém do Pará
  • Evaluar las respuestas de los Estados Parte y formular recomendaciones para fortalecer la implementación de la Convención
  • Elaborar los informes nacionales y el Informe Hemisférico consolidado
  • Identificar y circular los indicadores de seguimiento de las recomendaciones
  • Elaborar el informe de seguimiento
  • En la evaluación de los informes nacionales y la formulación de recomendaciones, el Comité se organiza en subgrupos de trabajo.
  • Todas las expertas tienen acceso a las respuestas de los cuestionarios y a los comentarios presentados por los Estados Parte, aunque ninguna experta participa en la elaboración del informe de su país de origen.

 

¿Cuál es el rol de la sociedad civil (OSC)?

La Sociedad Civil está representada dentro del Mecanismo a través de varias organizaciones no gubernamentales que tienen como misión y objetivo la promoción, defensa y protección de los derechos de las mujeres.

Las organizaciones de la sociedad civil pueden participar en el proceso del MESECVI durante las etapas de evaluación, análisis y seguimiento de las recomendaciones del Mecanismo, mediante la presentación de Informes Sombra al Comité de Expertas.

Igualmente, las OSC pueden apoyar al Mecanismo con la difusión de los informes nacionales, hemisféricos y de seguimiento, así como con el monitoreo y seguimiento del cumplimiento de las recomendaciones formuladas por el Comité de Expertas.

 

¿Cuáles son las funciones de la Secretaría Técnica del MESECVI?

La Secretaría Técnica del MESECVI gestiona el funcionamiento del Mecanismo a nivel estratégico, administrativo y de coordinación entre los distintos órganos del Mecanismo.

Entre sus funciones se destacan:

  • Servir de enlace entre los Estados Parte y el Comité de Expertas
  • Apoyar la elaboración de los cuestionarios e informes nacionales, hemisféricos y de seguimiento
  • Servir de enlace entre el MESECVI y otras organizaciones internacionales, grupos de la sociedad civil y centros académicos y de investigación

La Secretaría Técnica forma parte de la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM), organismo especializado de la OEA para la promoción y protección de los derechos de las mujeres y la igualdad de género.

 

¿En qué consiste el sistema de indicadores del MESECVI?

El Sistema de Indicadores consiste en una serie de indicadores estructurales, de proceso y de resultado:

  • Los indicadores estructurales reflejan la ratificación o aprobación de instrumentos jurídicos internacionales básicos para facilitar la realización de un derecho humano fundamental. En el plano nacional, identifican si existen o se han adoptado medidas, normas jurídicas, estrategias, políticas, planes, o programas o se han creado agencias públicas, destinadas a implementar los derechos de las mujeres.
  • Los indicadores de proceso buscan medir la calidad y magnitud de los esfuerzos del Estado para implementar los derechos protegidos a través de la medición del alcance, la cobertura y el contenido de las estrategias, políticas, planes, programas u otras actividades e intervenciones específicas.
  • Los indicadores de resultado reflejan los logros individuales y colectivos que indican el estado de realización de un derecho humano en un determinado contexto y buscan medir el impacto real de las estrategias, programas, intervenciones del Estado.

 

¿Cómo opera el MESECVI?

Las reuniones son fundamentales a la operación del MESECVI, ya que proporcionan un espacio esencial de diálogo, de intercambio de visiones, opiniones y experiencias y de evaluación entre pares. El MESECVI opera mediante dos tipos de reunión:

  • La Conferencia de Estados Parte, que reúne a las Autoridades Nacionales Competentes y otras representantes de los Estados que han firmado y/o ratificado la Convención de Belém do Pará para discutir los informes nacionales y las recomendaciones elaboradas por el Comité de Expertas, validar y adoptar el Informe Hemisférico, tratar cuestiones rutinarias de la operación del MESECVI e intercambiar ideas sobre la implementación efectiva y sostenible de la Convención.
  • Las Reuniones de Expertas, que reúnen a las integrantes del Comité de Expertas para validar y adoptar el cuestionario que inicia cada Ronda de Evaluación Multilateral, analizar los informes nacionales y preparar recomendaciones, validar y adoptar el cuestionario que inicia cada Ronda de Seguimiento y discutir otras cuestiones conceptuales y metodológicas relacionadas con la implementación de la Convención.
  • Adicionalmente, de vez en cuando el MESECVI auspicia otras reuniones de carácter político y/o técnico para analizar asuntos de importancia relacionados con la implementación de la Convención. Por ejemplo: el femicidio, el acceso a la justicia, la seguridad ciudadana de las mujeres, etc.

 

¿En dónde y cuándo han sido las últimas Conferencias de Estados Parte?

I Conferencia: 20-21 de julio de 2004, Washington, D.C.
II Conferencia: 9-10 de julio de 2008, Caracas, Venezuela
III Conferencia: 24-25 de abril de 2011, Antigua, Guatemala
IV Conferencia: 16 de abril de 2012, Washington, D.C.
V Conferencia: 18-19 de noviembre, 2013, Washington, D.C.
I Conferencia extraordinaria: 23-24 de octubre de 2014, Ciudad de México

Más información: https://www.oas.org/es/mesecvi/conferenciasdeestadosparte.asp

 

¿Cuáles han sido los temas tratados en conferencias pasadas?

Justicia de Género, Creación de un subfondo de solidaridad, la campaña del Secretario General de Naciones Unidas: “ÚNETE para poner fin a la Violencia contra las Mujeres”, violencia contra las mujeres desde el punto de vista de la seguridad ciudadana, indicadores sobre violencia contra las mujeres y análisis comparativo de las iniciativas impulsadas por los mecanismos intergubernamentales, etc.

 

¿En dónde y cuándo han sido las últimas reuniones del CEVI?

IX Reunión: 12-14 de noviembre de 2012, Ciudad de México
X Reunión: 11-12 de septiembre de 2013, Washington, D.C
XI Reunión: 18-19 de septiembre de 2014, Montevideo
Más información: https://www.oas.org/es/mesecvi/reunionesdeexpertas.asp

 

¿Cuáles han sido los temas tratados en reuniones pasadas?

Los Derechos Humanos de las Mujeres: Violencia y Derechos Sexuales y Reproductivos, importancia de los indicadores en el abordaje de la violencia contra las mujeres, Las mujeres indígenas en el sistema interamericano de justicia, etc.