El CEVI o Comité de Expertas es el órgano técnico del MESECVI, responsable del análisis y evaluación del proceso de implementación de la Convención.


Está integrado por Expertas independientes, designadas por cada uno de los Estados Parte entre sus nacionales, y ejercen sus funciones a título personal.


Las responsabilidades del Comité de Expertas incluyen:

  • Elaborar y circular el cuestionario sobre la implementación de la Convención de Belém do Pará

  • Evaluar las respuestas de los Estados Parte y formular recomendaciones para fortalecer la implementación de la Convención

  • Elaborar los informes nacionales y el Informe Hemisférico consolidado

  • Identificar y circular los indicadores de seguimiento de las recomendaciones

  • Elaborar el informe de seguimiento

En la evaluación de los informes nacionales y la formulación de recomendaciones, el Comité se organiza en subgrupos de trabajo.


Todas las expertas tienen acceso a las respuestas de los cuestionarios y a los comentarios presentados por los Estados Parte, aunque ninguna experta participa en la elaboración del informe de su país de origen.


El Comité de Expertas se viene reuniendo desde el 2005. Y el presente año 2015, se desarrolla la Duodécima Reunión de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará, que tomará lugar el 13 y 14 de octubre en Lima, Perú.


Participación de las organizaciones de la sociedad civil en las reuniones del Comité.


Antes del inicio de cada reunión formal del CEVI, se pueden aceptar las solicitudes de las organizaciones de la sociedad civil para presentar verbalmente información y propuestas. El Comité decide la duración de estas presentaciones verbales.


Del mismo modo, el CEVI puede invitar a representantes de organizaciones de la sociedad civil a que hagan declaraciones orales durante las reuniones del Comité, y a que presenten información o documentación que sean pertinentes a las actividades del Comité.


También, el CEVI puede celebrar audiencias por iniciativa propia o a solicitud de la parte interesada. La decisión de convocar a las audiencias se decide por quien preside el Comité, a propuesta de la Secretaría Técnica. Las audiencias tienen la finalidad de recibir exposiciones verbales y escritas sobre hechos nuevos e información adicional.


Diálogo con la sociedad civil (Art. 27 c) Reglamento del CEVI

El día 13 de octubre, durante la XII Reunión de Expertas CEVI, se abrió un espacio de diálogo entre las Expertas CEVI y la sociedad civil, donde se evidenciaron las siguientes problemáticas: