La Dirección de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres es responsable de formular, coordinar, implementar y realizar el seguimiento a las normas, estrategias, acciones y compromisos del Estado en materia de promoción y protección de los derechos económicos, laborales y sindicales de las mujeres en su diversidad; así como del desarrollo de su autonomía económica.1



Como parte de sus funciones, brinda asistencia técnica y seguimiento a la implementación del Sistema Nacional de Cuidado (SNC) con enfoque de género, e impulsa el fortalecimiento de la autonomía económica de las mujeres en su diversidad a través de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora, plataforma web del PRONAME y las Redes Regionales de Mujeres Emprendedoras y Empresarias.



La Dirección de Promoción y Desarrollo de la Autonomía Económica de las Mujeres es responsable de formular, coordinar, implementar y realizar el seguimiento a las normas, estrategias, acciones y compromisos del Estado en materia de promoción y protección de los derechos económicos, laborales y sindicales de las mujeres en su diversidad; así como del desarrollo de su autonomía económica.1



Como parte de sus funciones, brinda asistencia técnica y seguimiento a la implementación del Sistema Nacional de Cuidado (SNC) con enfoque de género, e impulsa el fortalecimiento de la autonomía económica de las mujeres en su diversidad a través de la Estrategia Nacional Mujer Emprendedora, plataforma web del PRONAME y las Redes Regionales de Mujeres Emprendedoras y Empresarias.



Conoce más sobre sus líneas de trabajo:

  FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE LA AUTONOMÍA ECONÓMICA DE LAS MUJERES 2
  1. Formular, implementar, realizar el seguimiento y evaluar las normas, políticas, estrategias y programas vinculados a la promoción, protección de los derechos económicos y fortalecimiento de la autonomía económica de las mujeres en su diversidad;


  2. Promover la formulación de programas y proyectos para el impulso y gestión de cooperación técnica y financiera de organismos nacionales e internacionales para la autonomía económica de las mujeres en su diversidad;


  3. Implementar estrategias para la promoción y protección de los derechos económicos y fortalecimiento de la autonomía económica de las mujeres en su diversidad, en las instancias nacionales, internacionales y en los sistemas de integración;


  4. Realizar estudios, investigaciones y sistematizaciones para la promoción y protección de los derechos económicos y fortalecimiento de la autonomía económica de las mujeres en su diversidad, en coordinación con la academia, las otras entidades públicas, y el sector privado;


  5. Coordinar y articular con diversos niveles de gobierno para incorporar en sus normas, políticas, estrategias, planes, programas y proyectos acciones dirigidas a mejorar los derechos económicos de las mujeres en su diversidad, con énfasis en el acceso a los recursos productivos, financieros y tecnológicos; así como para el fortalecimiento de sus capacidades en la materia;


  6. Coordinar con entidades privadas planes, programas y proyectos dirigidos a mejorar los derechos económicos de las mujeres en su diversidad, con énfasis en el acceso a los recursos productivos, financieros y tecnológicos, así como para el fortalecimiento de sus capacidades en la materia;


  7. Formular lineamientos técnicos, metodologías, proyectos y programas para la promoción, protección de los derechos económicos y autonomía económica de las mujeres en su diversidad, en el ámbito de su competencia;


  8. Brindar asesoría técnica y/o emitir opinión especializada en el ámbito de su competencia;


  9. Coordinar, brindar asistencia técnica y hacer seguimiento a las acciones destinadas a la implementación del Sistema Nacional de Cuidado con enfoque de género, en cumplimiento a lo establecido en la Política Nacional de Igualdad de Género;


  10. Otras funciones que le sean asignadas por la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación o le correspondan de acuerdo con la normativa vigente.





1 De acuerdo al artículo 81 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
2 De acuerdo al artículo 82 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
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