La Dirección de Políticas de Igualdad de Género y no Discriminación es responsable de diseñar, formular y coordinar la implementación, el seguimiento y evaluación de la Política Nacional de Igualdad de Género; en coordinación con los órganos del MIMP y las demás entidades públicas en el ámbito de sus competencias1.

Entre sus funciones está la coordinación del desarrollo e implementación de los sistemas de información que apoyan la gestión del Plan Estratégico Multisectorial de Igualdad de Género; brindar asesoría técnica a las entidades públicas a nivel nacional, evaluar permanentemente los indicadores principales de igualdad de género; así como realizar estudios, investigaciones y sistematizaciones en materia de igualdad de género.


La Dirección de Políticas de Igualdad de Género y no Discriminación es responsable de diseñar, formular y coordinar la implementación, el seguimiento y evaluación de la Política Nacional de Igualdad de Género; en coordinación con los órganos del MIMP y las demás entidades públicas en el ámbito de sus competencias 1.



Entre sus funciones está la coordinación del desarrollo e implementación de los sistemas de información que apoyan la gestión del Plan Estratégico Multisectorial de Igualdad de Género; brindar asesoría técnica a las entidades públicas a nivel nacional, evaluar permanentemente los indicadores principales de igualdad de género; así como realizar estudios, investigaciones y sistematizaciones en materia de igualdad de género.


Conoce más sobre sus líneas de trabajo:
  FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE POLÍTICAS DE IGUALDAD DE GÉNERO Y NO DISCRIMINACIÓN 2
  1. Formular, ejecutar y realizar el seguimiento de la Política Nacional de Igualdad de Género, en el marco de las políticas de Estado y los objetivos de desarrollo nacional, encaminados a reducir las brechas entre hombres y mujeres, especialmente de aquellas que viven en la pobreza y sufren mayor desigualdad y discriminación;


  2. Formular normas con rango de Ley, dispositivos legales y documentos normativos y orientadores en materia de Igualdad de Género;


  3. Coordinar y articular con las entidades públicas y privadas la formulación e implementación de las políticas, planes estratégicos multisectoriales y otros instrumentos referidos a la Política Nacional de Igualdad de Género, así como para realizar su seguimiento y evaluación;


  4. Brindar asesoría técnica a las entidades públicas a nivel nacional en el ámbito de su competencia;


  5. Coordinar con entidades públicas, privadas y de la sociedad civil la implementación de espacios de articulación para la formulación, seguimiento y evaluación de la Política Nacional de Igualdad de Género;


  6. Evaluar permanentemente los indicadores principales de igualdad de género;


  7. Realizar estudios, investigaciones y sistematizaciones en materia de igualdad de género, en coordinación con la academia y otras entidades del sector público, sector privado y la sociedad civil;


  8. Coordinar el desarrollo e implementación de los sistemas de información que apoyen la gestión del Plan Estratégico Multisectorial de Igualdad de Género y otros bajo su competencia;


  9. Promover e implementar mecanismos interinstitucionales necesarios para la implementación de la Política Nacional de Igualdad de Género;


  10. Otras funciones que le sean asignadas por la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación o le correspondan de acuerdo con la normativa vigente.




1 De acuerdo al artículo 77 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
2 De acuerdo al artículo 78 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
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