La Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación es el órgano de línea encargado de conducir la Política Nacional de Igualdad de Género (PNIG) en el marco de las políticas de Estado y los objetivos de desarrollo nacional.1

Responsable de la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Alto Nivel para la Igualdad de Género (CONAIG). A través de sus tres direcciones de línea, impulsa Mesas de Trabajo con organizaciones de sociedad civil para promover los derechos de las mujeres en su diversidad; organiza la Condecoración Orden al Mérito de la Mujer, el máximo reconocimiento del Estado peruano que se otorga a las mujeres que destacan en la defensa y promoción de la igualdad de género; impulsa el fortalecimiento de la autonomía económica de las mujeres en su diversidad a través de la plataforma web del PRONAME y lidera la implementación del Sistema Nacional de Cuidado (SNC) con enfoque de género.


La Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación es el órgano de línea encargado de conducir la Política Nacional de Igualdad de Género (PNIG) en el marco de las políticas de Estado y los objetivos de desarrollo nacional.1


Responsable de la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Alto Nivel para la Igualdad de Género (CONAIG). A través de sus tres direcciones de línea, impulsa Mesas de Trabajo con organizaciones de sociedad civil para promover los derechos de las mujeres en su diversidad; organiza la Condecoración Orden al Mérito de la Mujer, el máximo reconocimiento del Estado peruano que se otorga a las mujeres que destacan en la defensa y promoción de la igualdad de género; impulsa el fortalecimiento de la autonomía económica de las mujeres en su diversidad a través de la plataforma web del PRONAME y lidera la implementación del Sistema Nacional de Cuidado (SNC) con enfoque de género.


Cuenta con las siguientes unidades orgánicas:
  FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IGUALDAD DE GÉNERO Y NO DISCRIMINACIÓN
  1. Formular, planear, ejecutar y dirigir la Política Nacional de Igualdad de Género, en el marco de las políticas de Estado y los objetivos de desarrollo nacional, encaminadas a reducir las brechas entre hombres y mujeres en su diversidad, especialmente de aquellas que viven en la pobreza y sufren mayor desigualdad y discriminación;


  2. Supervisar y evaluar el cumplimiento y resultados de la Política Nacional de Igualdad de Género a nivel nacional en el marco del proceso de descentralización y en el ámbito de su competencia;


  3. Proponer normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales, la asistencia técnica y el fortalecimiento de capacidades, así como para el otorgamiento y ejercicio de derechos en el ámbito de su competencia;


  4. Brindar asesoría técnica especializada en materia de normas y la Política Nacional de Igualdad de Género;


  5. Promover y supervisar el cambio de patrones socioculturales discriminatorios en la población, así como los derechos de las mujeres en su diversidad con énfasis en el fortalecimiento de su ciudadanía y autonomía, con independencia de su edad, etnia y condición; así como promover el desarrollo integral e igualdad de oportunidades para las mujeres en su diversidad, y la ampliación de su participación en el ámbito público;


  6. Formular las estrategias para la promoción y protección de los derechos de la mujer en su diversidad en las instancias internacionales y en los sistemas de integración;


  7. Coordinar, articular y supervisar la implementación del Sistema Nacional de Cuidado con enfoque de género en cumplimiento de la Política Nacional de Igualdad de Género;


  8. Otras funciones que le sean asignadas por el Despacho Viceministerial de la Mujer o le correspondan de acuerdo con la normativa vigente.


1 De acuerdo a los artículos 74, 75 y 76 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables..
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